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19/1/19

Eliminadas, por Decreto, ayudas para que pymes y autónomos contraten


Un decreto deroga ayudas a la contratación indefinida de jóvenes y para proyectos de emprendimiento joven, a las que podían acogerse principalmente autónomos, microempresas y emprendedores. Se realiza a través del Real Decreto-ley 28/2018, de 28 de diciembre, para la revalorización de las pensiones públicas y otras medidas urgentes en materia social, laboral y de empleo.

Ayudas que suprimen


Se han eliminado las ayudas a la contratación indefinida de jóvenes. Hasta ahora, estas ayudas fomentaban la contratación indefinida de un joven por microempresas y empresarios autónomos a que las empresas, incluidos los trabajadores autónomos, que contrataran de manera indefinida, a tiempo completo o parcial, a un joven desempleado menor de treinta años. A raíz de esta ayuda se tenía derecho a una reducción del 100% de la cuota empresarial a la Seguridad Social por contingencias comunes correspondiente al trabajador contratado durante el primer año de contrato.


También se han suprimido las ayudas para proyectos de emprendimiento joven. En estos casos había incentivos a la contratación para este tipo de iniciativas. Dichos incentivos posibilitaban al empresario tener derecho a una reducción del 100% de todas las cuotas empresariales de la Seguridad Social, incluidas las de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales y las cuotas de recaudación conjunta, durante los doce meses siguientes a la contratación.

También podían acceder a dichas ayudas los trabajadores por cuenta propia menores de treinta años, y sin trabajadores asalariados que contrataran por primera vez, de forma indefinida, mediante un contrato de trabajo a tiempo completo o parcial, a personas desempleadas de edad igual o superior a cuarenta y cinco años, inscritas ininterrumpidamente como desempleadas en la oficina de empleo al menos durante doce meses en los dieciocho meses anteriores a la contratación o que resulten beneficiarios del programa de recualificación profesional de las personas que agoten su protección por desempleo.


Aunque la derogación impide acogerse a dichas ayudas, no elimina la validez de las bonificaciones a los contratos que se hayan celebrado antes del 1 de enero de 2019.

Fuente e imagen: Cinco Días

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