El fuerte aumento de los casos de okupación en los últimos años ha hecho que, finalmente, el Congreso esté dispuesto a agilizar el desalojo de estos delincuentes tras la admisión a trámite de una nueva proposición de ley, si bien tan sólo afectará a las viviendas de particulares, ONGs y Administraciones Públicas, discriminando así a bancos, fondos de inversión, inmobiliarias y sociedades patrimoniales.
El principal problema con el que se encuentran los propietarios consiste en que, una vez dentro, es muy difícil echar a los okupas, ya que es necesario emprender un farragoso procedimiento judicial cuya resolución puede alargarse hasta tres años, con la pérdida de tiempo y dinero que ello supone. La Policía sólo puede entrar y desalojar a los usurpadoresen un caso de "delito flagrante", es decir, si son pillados justo en el momento de la okupación, pero, si logran entrar y cambiar la cerradura, hay que solicitar una orden judicial de desalojo, presentando una demanda civil de desahucio cuya tramitación es muy lenta.
Francia
La Policía puede proceder al desalojo inmediato de la vivienda, sin necesidad de orden judicial, durante las primeras 48 horas desde que el propietario tiene conocimiento del hecho. Una vez pasado este plazo, los okupas deben probar ante la Policía que llevan residiendo en la citada vivienda al menos esos días y que el inmueble reúne las condiciones mínimas de habitabilidad. A partir de ese momento, el propietario debe denunciar y el desalojo se produce una vez exista sentencia judicial, si bien se suele resolver de forma ágil.
Alemania
Sucede algo similar. Las casas son desalojadas 24 horas después de conocerse y denunciar la okupación por parte de los propietarios. En caso de que la vivienda esté vacía y en mal estado, el propietario está obligado a realizar obras de rehabilitación, siguiendo el ejemplo de la ciudad de Berlín.
Holanda
Basta con denunciar ante la Policía, que, una vez verificado el título de propiedad, puede personarse de inmediato con una autorización judicial para desalojar a los okupas.
Inglaterra
La ley británica ofrece dos alternativas. Por un lado, se puede denunciar directamente ante la Policía, que verificará la denuncia y arrestará a los okupas, una vez comprueben que "están viviendo o pretenden vivir" en la casa. Por otro, pueden presentar el formulario de "orden de posesión interina" ante las autoridades hasta pasados, como máximo, 28 días desde la okupación y en unos días recibirán la confirmación, que deberán entregársela a los okupas en 48 horas. Tras dicha entrega, los okupas podrán ser enviados directamente a prisión si no abandonan la propiedad en 24 horas.
Italia
El propietario deberá denunciar ante la Policía y, una vez que el tribunal evalúe el caso en un juicio rápido, los agentes podrán proceder al desalojo. Además, deberán pagar los daños ocasionados en la vivienda e incluso pueden ir a la cárcel.
Dinamarca
Basta con acudir a la Policía y demostrar ser el legítimo propietario
Suecia
Igualmente, basta con denunciar ante la Policía para proceder al desalojo inmediato.
Portugal
Portugal, por el contrario, es el caso más parecido al español, ya que no se puede proceder al desahucio hasta que se produzca el juicio y la correspondiente sentencia, cuyo procedimiento también es largo y complejo. Es decir, no basta con una simple denuncia ni autorización judicial, sino que, como en España, el propietario tiene que esperar hasta que exista una sentencia firme, lo cual suele tardar más de un año.
Fuente e imagen: Libremercado
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