
AYUNTAMIENTO DE LA CAROLINA.
Mediante Resolución de Alcaldía, se aprobaron las bases que han de regir el proceso de selección para la cobertura temporal y constitución de una Bolsa de Trabajo de personal laboral temporal no cualificado para las categorías establecidas para cubrir necesidades transitorias del Ayuntamiento e inaplazables.
La presente bolsa tiene como objetivo regular un procedimiento para cubrir las vacantes o necesidades de servicio para el puesto de peón perteneciente a los siguientes puestos de trabajo:
1. Pintor.
2. Carpintero
3. Fontanero
4. Albañil
5. Jardinero
6. Ordenanza
7. Limpieza
8. Teleoperador/a.
9. Otros servicios similares.
10. Conductor
11. Cuidador
12. mecanico
Plazo: desde el 21 de septiembre de 2015 hasta las 14 horas del 21 de octubre de 2.105 Documentación a presentar.
Habrá que presentar, junto a la solicitud, y con carácter obligatorio, los siguientes documentos compulsados. De no tener la fotocopia compulsada podrá presentar los originales y una copia de los mismos para su compulsa en el servicio donde se recepcione las solicitudes, dicha compulsa será de carácter gratuito. Se recomienda hacer una copia a la solicitud una vez rellena para poder llevarse resguardo de presentación:
DOCUMENTACION OBLIGATORIA.
1 DNI, NIE o permiso de trabajo en vigor.
2 Certificado de escolaridad o formación reglada superior.
3 Certificados de Periodos Inscritos en el Servicio Andaluz de Empleo, referido a los tres últimos años.
4 Tarjeta de demanda de empleo actualizada
5 En caso de minusvalía del solicitante igual o superior al 33% (Resolución de dicha minusvalía en vigor).
Aquellos/as aspirantes que cumplan otros méritos particulares deberán de presentar además la siguiente documentación:
6 TENER HIJOS A SU CARGO, deberá presentar fotocopia compulsada del libro de familia.
7 MUJER VÍCTIMA DE VIOLENCIA DE GÉNERO, habrá que presentar una de las tres opciones de la siguiente documentación:
1 - Sentencia condenatoria del agresor con medida cautelar, en vigor al día de la fecha de presentación de Bolsa de Trabajo o de la selección
2 - Orden de protección, en vigor, al día de la fecha de presentación de la Bolsa de Trabajo o de la selección.
3 - Resolución Judicial acordando medidas cautelares de protección de la víctima, en vigor, al día de la fecha de presentación de la Bolsa de Trabajo o de la selección.
8 PRIMER EMPLEO DEL SOLICITANTE. Informe de vida laboral emitido por la seguridad social de no haber causado alta en la misma.
9 EL PERIODO DE TIEMPO DE EMPADRONADONAMIENTO, No necesario presentar.
10 Si el/la solicitante tiene CARGAS FAMILIARES NO COMPARTIDAS. (divorciados/as separados/as o padres o madres solteras que acrediten la tutela o custodia de sus hijos y no reciban pensión alimenticia de hecho, aunque la tengan concedida en convenio o sentencia.
El/la solicitante tendrá que presentar. Sentencia de divorcio donde se refleje los hijos sobre los que ejerce la tutela y resolución judicial del impago de la pensión alimenticia.
11 Si el/la solicitante o su cónyuge FUESE TITULAR DE UN PRÉSTAMO HIPOTECARIO Y TODOS MIEMBROS DE LA UNIDAD FAMILIAR EN EDAD LABORAL, SE ENCUENTREN EN SITUACIÓN DE DESEMPLEO Y SIN PERCIBIR NINGÚN TIPO DE PRESTACIÓN.
1 - Libro de familia.
2 - Copia del préstamo hipotecario y/o de las dos últimas cuotas.
3 - Certificado de no recibir ningún tipo de prestación de ninguno de los miembros en edad laboral
12 Si el/la solicitante alega EXPERIENCIA LABORAL sobre la especialidad solicitada.
Tendrá que presentar: informe de vida laboral y contratos de trabajo relacionados con la actividad. 13 Si el/la solicitante alega FORMACIÓN RELACIONADA.
El mismo presentará copia compulsada de los cursos relacionados con la especialidad, o copia de los títulos relacionados con la especialidad. 14 Para LA ESPECIALIDAD DE CONDUCTOR, Es preceptivo la presentación del carnet de conducir de camiones, ambulancias o vehículos pesados. La no presentación de dichos carnet será causa de exclusión de esta especialidad.
Por lo que se hace público para general conocimiento.
En la Carolina a 21 de septiembre de 2015.
La Alcaldesa .
Doña Yolanda Reche Lu
Y para las personas que hallamos trabajado fuera de la carolina y no encuentremos el certificado de empresa ni el contrato de hace siete o ocho años y no podamos presentarlo ya no tenemos derecho a trabajar porque no nos pueden puntuar y no entramos en la bolsa de empleo por favor que somos personas necesitadas no somos reyes con títulos para poder tener un puesto de trabajo
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